Me evita una multa de 10 a 100 días de salario mínimo, Art. 87 de la Ley de propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal, o bien incurrir en delito de despojo que se sanciona con una multa de 50 a 500 días de salario mínimo y/o prisión de 3 meses a 5 años, Art. 237 del Código Penal del Distrito Federal.